miércoles, 30 de enero de 2008

El conductor que atropelló a Enaitz, retira su demanda

Tomás Delgado Bartolomé, el conductor del coche que atropelló al joven Enaitz Iriondo cuando éste regresaba a un camping de La Rioja en bicicleta, y que reclamaba a sus padres 20.000 euros por los desperfectos ocasionados en el vehículo, ha retirado la demanda civil al sentirse, en palabras de su abogado, "mancillado".
El Juzgado número Uno de Haro iba a acoger hoy, a las 9.30 horas, la vista oral del juicio. Sin embargo, el demandante, que no se presentó en sala de vistas, comunicó, a través de su abogado, que desiste de la acción judicial.
El abogado explicó que su defendido había tomado esta decisión ante el acoso al que, según dijo, ha sido sometido su cliente y las descalificaciones vertidas contra su persona en diferentes medios de comunicación.
Los padres de Enaitz aceptaron la retirada de la demanda, a través de sus abogados, aunque reiteraron que tienen pruebas para desestimar lo que él pedía.
En el día de ayer, la Asociación de Ciclistas Profesionales (ACP) expresó su "incondicional apoyo" a la familia de Enaitz Iriondo "Los traumáticos acontecimientos que esta familia ha debido soportar, suponen para la familia ciclista profesional un motivo de solidaridad hacia ella, por lo que manifestamos nuestro más firme y rotundo desacuerdo por la actitud e intenciones del causante de este desgraciado accidente", indicó la ACP en un comunicado.
En este sentido, el sindicato español de ciclistas se adhería al deseo de que los hechos se esclareciesen por la actuación de fiscalía para poner "en el lugar que corresponda" al conductor del vehículo que causó dicho accidente mortal.
El 26 de agosto de 2004, Enaitz Iriondo regresaba al camping de Castañares de Rioja en bici después de haber estado en el pueblo, situado a dos kilómetros, pero al salirse un camino vecinal a la carretera LR-111, fue arrollado fatalmente por un Audi A8 que circulaba a una velocidad muy superior (173,9 km/h, según el informe técnico) a la permitida (90).

1 comentario:

Anónimo dijo...

¿Qué ocurre con las costas procesales?